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Informe de Criminalización a Defensores de Derechos Humanos y de la Naturaleza

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La Constitución ecuatoriana define al Ecuador como un Estado social de derechos y justicia, y consagra en su Art. 10 como titulares de derechos a las personas, comunidades, pueblos, nacionalidades y colectivos, así como también a la naturaleza. De la misma manera en el Art. 11 consagra, explícitamente, “la directa e inmediata vigencia de los derechos humanos”, incluso ante la ausencia o desconocimiento de normativa jurídica.

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