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Boletín #24: Compromiso específico con relación a la propiedad de tierras o aguas

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COMPROMISO ESPECÍFICO CON RELACIÓN A LA PROPIEDAD DE TIERRAS O AGUAS

El texto negociado dice que “personas naturales o jurídicas extranjeras no podrán adquirir, a ningún título, con fines de explotación económica, tierras o concesiones en zonas de seguridad nacional”.

 Este texto tiene tres implicaciones importantes:

 1. Que extranjeros europeos sí podrán adquirir tierras en otros lugares del Ecuador, lo que podría dar lugar al acaparamiento de tierras, como ya sucede en otros lugares de América Latina donde rigen este tipo de acuerdos con la Unión Europea.

 2. Que los extranjeros europeos sí podrán adquirir tierras en áreas protegidas, a pesar de lo que manda la Constitución en el Artículo 405:

Las personas naturales o jurídicas extranjeras no podrán adquirir a ningún título tierras o concesiones en … áreas protegidas, de acuerdo con la ley.

 3. Que hay una ambigüedad en relación a la propiedad del agua.

 En Colombia, la compra de tierras por extranjeros ya es un problema, hasta el extremo que se están trabajando iniciativas de ley para frenarla.

 Por otro lado, la compra de tierras en áreas protegidas es también un problema grave, pues hay organizaciones que controlan grandes territorios, en algunos casos miles de hectáreas de zonas ricas en biodiversidad (y posiblemente otros recursos estratégicos), aduciendo que es con fines de conservación.

 Fuente: Lista de Compromisos Específicos de Ecuador. 13 de Junio de 2014

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