“Atraer Inversiones”: bingo para las grandes empresas, devastación para el país
El pasado 24 de marzo la Asamblea Nacional votó mayoritariamente por el archivo del proyecto de Ley de Inversiones (o Ley Orgánica para la Atracción de Inversiones, Fortalecimiento del Mercado de Valores y Transformación Digital). Este proyecto, que reforma 18 normas vigentes, tiene el objetivo de abrir sin límites la economía del país al capital transnacional, agravando las amenazas sobre los pueblos, los territorios y la naturaleza.
Después de la derrota sufrida en el legislativo, es muy probable que el ejecutivo canalice los ejes centrales de esta Ley a través de decretos ejecutivos o mediante una anunciada consulta popular; por tal razón es importante analizar algunas de las implicaciones de su contenido.
Delegación obligatoria de servicios públicos al sector privado
Según lo que señala la Constitución en su artículo 225, el sector público está conformado por todas las entidades de las cinco funciones del Estado (ejecutivo, legislativo, judicial, electoral y de participación social), por las entidades del régimen autónomo descentralizado (los GAD) y por las entidades de las personas jurídicas que prestan servicios públicos o desarrollan actividades económicas asumidas por el Estado.
Con el proyecto de Ley, todas estas entidades pasarían a ser “entidades delegantes” obligadas a delegar al sector privado, mediante Contratos de Asociación Público-Privada (APP), la construcción de infraestructura y prestación de servicios públicos. Se incluyen en estos contratos los proyectos públicos sobre activos existentes de cualquier entidad delegante. Se prevé el otorgamiento de subvenciones, aportes de capital e incluso ingresos mínimos garantizados a favor del sector privado que participe en este tipo de contratos de gestión delegada.
Si bien se dice que las empresas públicas tienen un carácter de excepcionalidad, estas sí podrían ejercer sus facultades asociativas. En el proyecto de Ley de Inversiones se señala que “…cuando la Ley del sector no lo determine de modo general, le corresponderá al Presidente de la República dicha declaratoria mediante decreto ejecutivo”. En otras palabras, los límites establecidos son resueltos a través de una norma inferior, como es un decreto ejecutivo. Y para facilitar dicha posibilidad, se crea la Secretaría Técnica de Asociaciones Público-Privadas y de Gestión Delegada como una entidad de derecho público, adscrita a la Presidencia de la República.
Los sectores estratégicos incluyen a la energía en todas sus formas, las telecomunicaciones, los recursos naturales no renovables, el transporte y la refinación de hidrocarburos, la biodiversidad y el patrimonio genético, el espectro radioeléctrico, el agua, que constituyen ámbitos fundamentales para nuestro país. Estos sectores tienen relación con escenarios de permanentes disputas entre el Estado y los pueblos por la protección de los derechos y la construcción del Estado plurinacional. En un contexto de control corporativo enfocado en la obtención de lucro, cualquier posibilidad de transformación desde la sociedad se respondería con autoritarismo y violencia puesto que los derechos reclamados por las corporaciones se impondrían sobre los derechos humanos y de la naturaleza.
Si consideramos el caso de la energía, es previsible la delegación de las infraestructuras o actividades más rentables para el Estado. No serían considerados aquellos proyectos fracasados, construidos por empresas transnacionales, como la central hidroeléctrica Baba cuyo costo fue de casi 500 millones de dólares y su funcionamiento no supera el 60% de lo planificado; o el trasvase Daule Vinces (Dau-Vin) abandonado desde el 2015; o el proyecto multipropósito Chone-Presa Río Grande, que no riega una sola hectárea de las 2.200 previstas; o la Presa San Vicente, inaugurada en el 2015 para dar agua a la provincia de Santa Elena, pero que hasta la fecha no funciona; o, la central hidroeléctrica más grande del país, la Coca Codo Sinclair, en peligro de desaparecer por la erosión regresiva en la cuenca del río Coca.
En cuanto a servicios públicos, el proyecto de Ley de inversiones dice que “se entiende por servicios públicos la provisión, desarrollo, operación y mantenimiento de infraestructura productiva, social o gubernamental de: cárceles, infraestructura educativa en todos sus niveles, hospitales y otro tipo de instalaciones para brindar servicios de salud, edificios de uso público, proyectos de regeneración urbana, unidades judiciales, autopistas, autovías, vías rápidas, carreteras, caminos vecinales, vías urbanas, ferrovías, ferrocarriles, metros, tranvías, monorrieles o similares, teleféricos, funiculares y otros medios, ciclo vías, senderos, túneles y puentes, infraestructura asociada a distintos sistemas de transporte público, terminales, puentes, hidrovías, facilidades pesqueras, sistemas logísticos, centros de transferencia, aeropuertos, infraestructuras de telecomunicaciones, servicios de gestión de desechos sólidos, entre otra infraestructura pública destinada a satisfacer una necesidad básica de la colectividad y que se encuentren bajo la regulación y control del Estado.”
También en este caso, se delegaría a las empresas la operación y administración de estos ámbitos estrechamente vinculados con derechos fundamentales como la salud, educación, movilidad, comunicación, regeneración urbana y otros, que quedarán expuestos a incrementos de tarifas en detrimento del acceso equitativo y justo a esos servicios.
Claramente el proyecto de Ley de Inversiones promueve la captura corporativa del Estado para entregar al sector privado los activos y servicios públicos o los sectores estratégicos, mediante contratos de Asociación Público-Privada. Esta delegación podría ser hasta por 40 años, es decir diez periodos presidenciales. Lo que equivaldría a convertir a las instancias públicas en meros entes instrumentalizados para firmar los contratos de delegación a las empresas privadas, nacionales y transnacionales.
Esto provocaría además despidos masivos, contrario a la supuesta promesa de generar millones de puestos de trabajo como reza el objetivo central de la Ley.
Contratos de Asociación Público-Privada
Los contratos de Asociación Público-Privada (APP) implican someterse a unos términos contractuales a favor del Gestor Privado. Con estos contratos, la generación de infraestructura y prestación de servicios públicos será pagada a través de tarifas, peajes u otros, a cargo de los usuarios o mediante pagos del sector público, o una combinación de ambas. Esto hace prever también un aumento de las tarifas y el comprometimiento de fondos públicos.
Como es previsible que haya efectos negativos sociales y ambientales de las actividades a ser delegadas, en estos contratos se mencionan las “obligaciones ambientales y sociales, considerando las guías de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas, o los que hicieren sus veces, junto con la implementación de acciones para gestionar los impactos sociales y ambientales pertinentes a lo largo de la vida del proyecto”. Sin embargo, hay que tomar en cuenta que los ODS son planes voluntarios y sin peso vinculante; su inclusión en estos contratos simula un aparente control para “gestionar” los impactos, mas no para evitarlos. Esto se alinea con la flexibilización de los controles ambientales como un “atractivo” para que las grandes empresas inviertan en el Ecuador.
Adicionalmente, los contratos de Asociación Público-Privada otorgan a las corporaciones privilegios similares a los que entregan los Tratados de Libre Comercio y los Tratados Bilaterales de Inversión. Señalan por ejemplo que las inversiones extranjeras gozarán de protección y seguridades plenas, incluido el Trato Nacional. Por si fuera poco, un contrato de Asociación Público-Privada puede ser calificado como confidencial, con lo cual la información sobre el mismo quedará vedada, al igual que con los TLC, que se negocian en secreto para evadir el escrutinio de la sociedad. Asimismo, frente a las controversias que puedan suscitarse en relación con la validez, interpretación, terminación o aplicación de un contrato de Asociación Público-Privada o gestión delegada, esas controversias podrán someterse ante un tribunal de arbitraje nacional o internacional.
Este tipo de contratos tendrían vigencia de 30 años, con una posible ampliación de 10 años.
Beneficios sin fin en las Zonas Francas y Zonas Especiales de Desarrollo Económico
Con el proyecto de Ley de Inversiones se ampliarían, mediante reforma al Código de la Producción, los beneficios de las Zonas Francas (ZF) y Zonas Especiales de Desarrollo Económico (ZEDE), cuya implementación a nivel mundial (también en el Ecuador) responde a directrices de la Organización Mundial de Comercio (OMC) con apoyo de instituciones como el Banco Mundial.
En estas Zonas “se podrán asentar inversiones de personas jurídicas privadas, públicas o mixtas, nacionales o extranjeras”, por mínimo 20 años, prorrogables sin límite de tiempo.
Las mercancías que ingresen a estas Zonas y los servicios que presten gozarán del tratamiento especial que les otorga el régimen de excepción en lo que respecta a derechos arancelarios, impuestos y recargos. Estarán exentas del pago del impuesto a la renta los primeros diez años y una reducción de 10% por el resto del período de la autorización; además, se les garantiza estabilidad tributaria durante su vigencia, es decir podría ser sin limite de tiempo…
Las ZF y ZEDE también tienen el objetivo de facilitar el comercio exterior y la integración del Ecuador en cadenas globales de valor (otros ejes de los TLC), a través de la exportación o reexportación a terceros países.
También en las ZEDE se pueden establecer “emprendimientos tecnológicos, de biodiversidad y mejoramiento ambiental o energético”. Por ejemplo, con relación a la biodiversidad -reconocida constitucionalmente como un sector estratégico-, implicaría la mercantilización de la naturaleza a través de la generación de servicios ambientales. De hecho, el reciente acuerdo entre el gobierno del Ecuador y el de Corea del Sur para la creación del “Centro Nacional de Recursos Genéticos Corea–Ecuador” podría inscribirse entre estos emprendimientos[1].
El“mejoramiento ambiental o energético”, podría tener relación con las plantaciones forestales, las de agrocombustibles (como las de palma aceitera), o hidroeléctricas, que son actividades responsables de graves impactos en la naturaleza y las comunidades, pero desde hace varios años que se las promueve como supuestas soluciones a la crisis climática cuando no son más que falsas soluciones[2].
Entre las actividades industriales consta la transformación, elaboración (montaje, ensamblaje y adaptación a otras mercancías) y reparación de todo tipo de bienes con fines de exportación, esto podría incluir el procesamiento de hidrocarburos y minerales, agroindustrial, encadenamiento forestal, biocombustibles, que va de la mano con la expansión del extractivismo, monocultivos y agronegocios, y mayores impactos negativos para las comunidades y la naturaleza.
Todas estas actividades generan grandes cantidades de desechos, muchos de los cuales son altamente tóxicos y van a agravar la contaminación de los suelos y el agua, y afectarán la vida de la población.
Se dice de las ZF y las ZEDE servirían para “fomentar el desarrollo económico agro asociativo sostenido, con pertinencia cultural y mercados abiertos de las organizaciones indígenas, afroecuatorianas, montubias, pueblos y nacionalidades”. Dadas las implicaciones de las ZF y las ZEDE mencionadas anteriormente, esta aparente inclusión social no es más que una retórica demagógica.
En términos de réditos económicos, siendo zonas con régimen especial aduanero, podrían adquirir materia prima en el exterior, como el caso del maíz, a menor costo, lo que forzaría a bajar el precio de los productos campesinos, incluso en aquellos que tienen precios de sustentación. Producir para el agronegocio conlleva la simplificación de los sistemas productivos diversos por el fomento al monocultivo, porque las empresas que adquieren productos requieren uniformidad. A su vez esto trae como consecuencia mayor dependencia a los agroquímicos y el uso de contadas variedades de semillas, llamadas “semillas mejoradas”, provocando mayor contaminación ambiental y disminución de la agrobiodiversidad, debilitando la soberanía alimentaria local.
El caso de las ZEDE en Honduras constituye una alerta sobre los graves impactos de estos regímenes de excepción. En ese país se establecieron como Zonas Especiales de Desarrollo y Empleo, con la justificación de atraer inversiones y generar empleo (argumentos similares a los que se utilizan para impulsar las ZEDE en el Ecuador). Según el Centro hondureño de Estudios para la Democracia (CESPAD)[3], el entramado normativo de las ZEDE es un pilar de las estrategias expropiatorias con fuerte contenido neoliberal y extractivista, que articula despojos de gran amplitud y abre un escenario nunca visto antes en los procesos de acumulación de capitales y extracción de recursos naturales.
En 2021 la ONU se pronunció frente a la problemática de las ZEDE en Honduras ante los serios riesgos para los derechos de toda la población que trae su implementación. El 21 de abril pasado, el Parlamento de Honduras derogó las ZEDE considerando que ceden soberanía a extranjeros[4].
De forma contraria al sentido común, la posición del gobierno ecuatoriano se basa en desconocer estas alertas y preocupaciones. Pretende que su consigna “Más Ecuador en el mundo, más mundo en el Ecuador” sea la narrativa conveniente para continuar con la misma lógica de devastación social y de la naturaleza. Este modelo al que se sigue apostando, es el responsable de la grave crisis alimentaria, social, ecológica que afecta a la humanidad.
El mundo de la vida no puede seguir siendo reducido al “mundo de los negocios”.
ACCIÓN ECOLÓGICA
25 de abril de 2022
[1] ACCIÓN ECOLÓGICA. La delegación del uso de nuestra biodiversidad al gobierno de Corea del Sur. Acción Ecológica Opina. 22/04/2022. https://www.accionecologica.org/la-delegacion-del-uso-de-nuestra-biodiversidad-al-gobierno-de-corea-del-sur/
[2] ICCI. Análisis del código de la producción. Boletín ARY Rimay, No. 140, 11/2010 http://icci.nativeweb.org/boletin/140/bravo.html
[3] CESPAD. https://cespad.org.hn/?s=ZEDE
[4] El Parlamento de Honduras deroga las polémicas Zede al considerar que violan la soberanía del país. 21/04/2022. https://www.bbc.com/mundo/noticias-61184299
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