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Alerta Verde No. 42 CONVENIO DE PROPIEDAD INTELECTUAL: ECUADOR-EE.UU

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Este Convenio, se sustenta en las mismas bases que los Tratados de Propiedad Intelectual de la Organización Mundial de Comercio, pero se diferencia del primero en que éste no incluye la posibilidad de desarrollar sistemas sui generis para la protección de plantas, lo que significará que la únicas alternativas para protegerlas serán las patentes o los derechos de obtentor, excluyéndose otras posibilidades que serán analizadas más adelante. 

  • QUE SON LOS DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL
  • DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL Y LA ORGANIZACIÓN MUNDIAL DEL COMERCIO
  • EL ACTA UPOV
  • LAS DECISIONES ANDINAS SOBRE PROPIEDAD INTELECTUAL
  • DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL O DERECHOS COLECTIVOS
  • DERECHOS DE LAS COMUNIDADES INDÍGENAS Y LOCALES Y LA BIODIVERSIDAD
  • EL CONVENIO 169 DE LA OIT
  • ESTUDIO DE CASO:  EL PATENTAMIENTO DE LA QUINOA
  • ¿POR QUÉ NO RATIFICAR EL ACUERDO ECUADOR-ESTADOS UNIDOS?

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